SUBSIDIO | LITURGICO Periodo de los Novendiales
Compartimos con ustedes el subsidio litúrgico para utilizarse durante estos días de oraciones por el eterno descanso del Papa Francisco. Desde esta perspectiva y recordando las Orientaciones litúrgicas durante el periodo de sede vacante, realizadas por esta Comisión Episcopal, se recomendó que:
“una vez que haya sido celebrada en Roma [la misa exequial], durante el periodo de
novendiales, se organizará en cada Diócesis un funeral diocesano que será convocado
por el Obispo. Así mismo, una vez que se haya realizado el funeral diocesano, cada
comunidad parroquial podrá establecer el día y la hora en el que lo realizará a nivel
parroquial”.
Con el deseo de proveer material adecuado para dichas celebraciones, la
Comisión Episcopal para la Pastoral Litúrgica pone a su disposición el siguiente
subsidio litúrgico, el cual podrá ser empleado tal y como se propone, o bien podrá ser
adaptado a las diversas comunidades diocesanas y parroquiales, según las
necesidades pastorales.
Según una antigua costumbre, recogida en la Constitución Apostólica Universi
Dominici Gregis del Sumo Pontífice Juan Pablo II, después de la muerte del Romano
Pontífice, los Cardenales celebrarán las exequias en sufragio de su alma durante nueve
días consecutivos. La forma en la que estas celebraciones se llevan a cabo, están
contenidas en el capítulo IV del Ordo exsequiarum Romani Pontificis.
Los novendiales, nombre con el que se conoce a este tiempo, tienen un doble
objetivo: en primer lugar, elevar oraciones a Dios en sufragio del alma del Romano
Pontífice, manifestando de esta manera el duelo de la Iglesia por la muerte de su
Pastor, y, en segundo lugar, servir de puente de transición entre la muerte del Papa y
la elección del sucesor de san Pedro.
Si bien estas celebraciones son propias de la liturgia de la Iglesia de Roma, las
iglesias particulares, esparcidas por el mundo entero, pueden unirse en oración para
pedir a Dios por el eterno descanso del Romano Pontífice.
