Conferencia del Episcopado Mexicano
Es el organismo de los Obispos mexicanos, para ejercer colegialmente algunas funciones pastorales, para promover, conforme a las normas del Derecho, el mayor bien que la Iglesia proporciona a los hombres, sobre todo mediante formas y modos de apostolado convenientemente acomodados a las peculiares circunstancias de la nación mexicana en la actualidad.
Sin que decline o disminuya la responsabilidad de cada obispo en el ámbito de su propia Diócesis, hoy se requiere la acción conjunta de los Obispos, sobre todo en los siguientes asuntos:
- La promoción y la tutela de la fe y las costumbres.
- La traducción de los libros litúrgicos.
- La promoción y la formación de las vocaciones sacerdotales.
- La elaboración de los materiales para la catequesis.
- La promoción y la tutela de las universidades católicas y de otras instituciones educativas.
- El compromiso ecuménico.
- Las relaciones con las autoridades civiles.
- La defensa de la vida humana, de la paz, de los derechos humanos, para que sean reconocidos también por la legislación civil.
- La promoción de la justicia social y el uso de los medios de comunicación social para la evangelización.
Todos los elegidos en el seno de la CEM durarán en su cargo tres años, y no podrán ser reelegidos al mismo cargo después de dos trienios completos y consecutivos.
Estatutos arts. 1, 2, 38